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Boletín CAE Nº 006 Guayaquil 08 /01/2010

 

 

Homologación de colores de vehículos

Se comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior que la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (CNTTTSV) mediante oficio No. 9352, solicitó la homologación de colores de vehículos de acuerdo al siguiente archivo: Anexo 1.

Por lo antes expuesto, la Corporación Aduanera Ecuatoriana aplicará la homologación de los colores detallados en el Anexo 1, desde el día de hoy (8 de Enero de 2010); por cuanto a partir de dicha fecha los únicos códigos de color habilitados serán los siguiente
CÒDIGO DESCRIPCIÒN
AMA AMARILLO
ANA ANARANJADO
AZU AZUL
BLA BLANCO
CAF CAFE
CAM CAMUFLADO
CEL CELESTE
COB COBRE
CRE CREMA
DOR DORADO
MOR MORADO
NEG NEGRO
PLA PLATEADO
PLO PLOMO
ROJ ROJO
ROS ROSADO
VRD VERDE
VIN VINO

Las declaraciones aduaneras a ser nacionalizadas (declaraciones de régimen 20, 21, 70, entre otros) que contengan colores que no hayan sido homologados por la CNTTTSV, deberán acogerse a uno de los 18 códigos de colores habilitados antes mencionados.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.