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Boletín CAE Nº 22 Guayaquil 09 /02/2010

 

 

Recordatorio de Control y Registro de Ingreso a Zona Primaria Exportaciones.

En concordancia al Artículo 2 de la Resolución 706, se recuerda a los Almacenes Temporales del Distrito Guayaquil, la obligatoriedad de realizar el registro de ingreso a zona primaria de las Ordenes de Embarque según el siguiente detalle:

 
ALMACÉN TEMPORAL COORDINAR CON:
CONTECON GUAYAQUIL S.A. Personal del almacén ubicado en Garita.
FERTISA, FERTILIZANTES, TERMINALES Y SERVICIOS S.A Personal del almacén ubicado en Garita.
INARPI S.A. Personal del almacén ubicado en Garita.
NAPORTEC S.A. Personal del almacén ubicado en Garita.
TRINIPUERTO Personal del almacén ubicado en Garita.

Para el resto de  Distritos se realizará el Ingreso a Zona Primaria de cada Orden de  Embarque, de acuerdo al siguiente detalle:

 
DISTRITO COORDINAR CON:
Dirección de Zona de Carga Aérea de Guayaquil Funcionario del Área de Exportaciones.
Quito Funcionario del Área de Zona Primaria o de Exportaciones.
Cuenca, Puerto Bolívar, Loja – Macará, Huaquillas, Tulcán, Latacunga, y  Manta Funcionario del Área de Zona Primaria.
Esmeraldas Funcionario del Área de Zona Primaria o el delegado del Gerente Distrital cuando sea de Hidrocarburos; caso contrario, lo realizará la empresa concesionaria de la bodega de almacenamiento temporal (Personal de PUERTO NUEVO MILENIUM ubicado en garita).

Finalmente se recuerda la obligatoriedad de lo establecido en la Resolución 706, cuyo Artículo 3 indica: “Bajo ningún concepto, se podrá realizar el embarque de una mercancía , si ésta no se encuentra amparada por su respectiva orden de embarque”. Por este motivo los Almacenes Temporales o funcionario, verificarán que la mercancía tenga una Orden de Embarque vigente, para lo cual deberán realizar la constatación de la misma en el SICE ( Consulta Detalles de una DAU DAV y sus Anexos), antes de permitir el ingreso de la carga a las bodegas de almacenamiento temporal.

En caso de incumplimiento de las disposición citadas, se procederá con las sanciones respectivas de acuerdo a la Ley y Reglamento.

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